Fonoteca de radio

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miércoles, julio 22, 2009

Historias de la censura

Parece increíble pero, según narran Gabilondo, Zumeta y Del Val (1), en la década de los años '50, un censor muy escrupuloso, Manuel Zabala, prohibió la emisión del anuncio del ChupaChups en Radio Madrid. Al menos ese es el testimonio que recogieron de Basilio Gassent, redactor jefe de la Cadena SER en la década de los años '60.

Curiosamente, fue Gassent el encargado de purgar a los nuevos trabajadores que intentaban acceder a Radio Madrid tras la Guerra Civil y quien, anteriormente realizó la misma función en la Universidad de Valencia. Así lo atestiguaba Vicente Marco (2).

Es tan sólo una anécdota, pero no es baladí. La radio en España, durante los 40 años de la jefatura del Estado de Francisco Franco, fue sometida a una censura previa como cualquiera de los medios de comunicación. Debemos ubicarnos en un panorama heredero de la Guerra Civil durante la que se llegó a detener a personas por escuchar emisoras de radio que emitían desde el bando contrario. Así lo atestigua la portada del diario "Alerta" de la tercera semana de diciembre de 1937.

En el origen, agosto de 1936, fue el Gabinete de Prensa del autodenominado Ejercito Nacional quien filtraba y orientaba el sentido de la información. En breve —en tan sólo 19 días— se transformó en la Oficina de Prensa y durante 1937 tuvo tres denominaciones: Delegación de Prensa, Delegación del Estado para Prensa y Propaganda (julio 1937), Delegación Nacional para Prensa y Propaganda (febrero de 1938). La última denominación corresponde a su integración en el Ministerio del Interior que ocupó en aquellas fechas Ramón Serrano Suñer, hombre muy vinculado a la radio en España. Bajo su mandato en el Ministerio del Interior, se creó el Registro Oficial de Periodistas (octubre de 1939) para impedir nuevas incorporaciones.

En 1941, Franco crea su tercer gobierno, Serrano Suñer, su cuñado caído en desgracia, pasa al Ministerio de Exteriores, el general Valentín Galarza se ocupa de Interior y la recién creada Vicesecretaría de Educación Popular de Falange Española Tradicionalista y de las JONS se encarga de los servicios de Prensa y Propaganda entre los que figuran la actividad censora en la prensa, la cinematografía, el teatro y la radiodifusión.

La Delegación Nacional de Radiodifusión se encargaba de controlar y censurar todas las emisiones radiofónicas incluyendo la publicidad radiada, de la que debe aprobar también sus tarifas. Además tiene la potestad de sancionar a quien contravenga cualquier norma y dirige la propaganda a través de las emisoras de radio.

El cuerpo jurídico se compone de Ordenes y circulares que persiguen el objetivo de ocultar la realidad de la credibilidad e inmediatez de la que dispone la radio. Además de la Ley de Prensa publicada en su versión rectificada el 24 de abril de 1938, el BOE publica el 7 de octubre de 1939 la orden en la que regula las emisiones radiofónicas. El resumen de sus cuatro puntos es sencillo: Se obliga a revisar previamente todo el contenido a radiar en las emisoras comerciales. Éste tipo de emisoras sólo pueden emitir noticias de su provincia, previa aceptación del censor. Todas las emisoras del territorio nacional deben conectar con Radio Nacional en Madrid para difundir los noticiarios y sólo en caso de imposibilidad técnica el Departamento de Radio podrá autorizar un noticiario propio.

Para hacer todo esto un poco más complejo además de la censura del Estado, tanto el Ejército como la Iglesia podían nombrar sus censores propios. El censor, nombrado por cualquiera de estas instituciones era el hombre que autorizaba, como bien decía la anécdota, hasta los anuncios que se podían emitir.

Ahora bien ¿cómo ejercer la censura?

Las reglas para censurar los contenidos radiofónicos aparecen en una circular número 4 de fecha 28 de abril de 1938 en la que se realiza una relación de prohibiciones que aparecen recogidas en La radio en España de Ángel Faus Belau. (págs 570-571). A destacar el punto 8 que dice textualmente:

8/ En general, todo texto sobre cualquier materia deberá estar redactado para poder autorizarse de una forma correctamente gramatical y en un todo de acuerdo con el asunto de que trate. No será admitida ninguna bufonada, juego de palabras o frases cómicas, más que en los escritos cuyo fin sea un humorismo sano y admisible.

Pero aún dan un mayor sentido de cómo era la censura los 14 principios inviolables de la censura, que recoge Ángel Faus Belau(2) :

No siendo posible precisar, de una manera particular, la norma o conducta a seguir para cada caso, en la censura de los textos que han de ser emitidos por las Emisoras Nacionales, tanto particulares o de empresa como oficiales, se dictan las presentes normas de censura, dejando [la interpretación justa] al buen sentido y criterio de quienes la ejerzan, el cumplimiento que en cada momento debe observarse al practicarla.
Salvo casos urgentes, medidas nuevas, órdenes concretas, etc. la función de la censura se ajustará [teniendo en cuenta] las siguientes normas generales. [...] el censor de la grave responsabilidad e importancia de sus servicios.
  1. España es Una, Grande y Libre, éste es su ideario, incompatible con extinguidos regionalismos, admisibles, si acaso, cuando no dañan la sagrada Unidad Española.
  2. La doctrina del Estado es la Nacional-Sindicalista, basada en los 26 puntos de FE y en el Fuero del Trabajo.
  3. España y el Movimiento sólo tienen un Partido: FET y de las JONS; un solo jefe: El Caudillo.
  4. El Ejército Español e institutos armados, conjuntamente con el Partido, son los defensores de la integridad y los intereses de la Patria.
  5. La religión tradicional del pueblo español es la católica.
  6. La persona del Caudillo es intangible.
  7. Las Jerarquías del Estado, del Ejercito y del Partido y todas las personas que desempeñan cargos públicos están en ellos por [voluntad de] el Caudillo.
  8. Los emblemas, insignias y palabras, de significado sentido o representación nacional, serán tratados con todo respeto.
  9. Los escritos sobre países amigos, sus creencias, Instituciones y costumbres se tratarán con toda consideración, sin concesiones, no obstante, que puedan perjudicar cualquier aspecto nacional.
  10. No se confundirán los Gobiernos enemigos de la Patria, de la Religión y de la Civilización, con la nación o el pueblo.
  11. El arte es una manifestación Universal, que debe mostrarse sin mixtificaciones que la desfiguren. El arte genuinamente español debe exaltarse y difundirse.
  12. Al referirse a los enemigos, no se incurrirá por nada, en la expresión plebeya o de mal gusto, que les distingue a ellos.
  13. Se prohíbe, en absoluto, todo comentario previo acerca de futuras medfidas legislativas, salvo cuando las noticias o la campaña se ordene por la Delegación Nacional de propaganda.
  14. Cualquer duda podrá ser consultada directamente con la Delegación Nacional de propaganda a través de los Jefes Provinciales de este Servicio.

Estos primeros documentos de la censura radiofónica se mantendrán vigentes y se reeditarán en varias ocasiones hasta el 22 de noviembre de 1977. No olvidemos que el 12 de agosto de 1942 el diario Yugo publicó la noticia de la condena a muerte para ocho personas en Almería por repartir la transcripción del «parte inglés» en el que se deseaba el triunfo de Inglaterra y Rusia sobre Alemania. Y también multas administrativas de 500 pesetas por sintonizar emisoras extranjeras con el receptor del bar de su propiedad. (21 de mayo de 1944, La Voz de Galicia).

Durante ese periodo quedaron leyes como la de Responsabilidades Políticas del 9 de febrero de 1939 —B.O.E número 44 de 13 de febrero, páginas 824-848— por la que se depuraron a los miembros de emisoras radiofónicas que a su criterio habían colaborado con el enemigo.
Pero eso, con permiso de Luis Medina, queda para otro texto.


(1) — Estupidiario (Antología del disparate radiofónico)
Ramón Gabilondo, Luis del Val, Gorka Zumeta
Ed. Aguilar, 1999
ISBN: 84-03-59519-0

(2)— La radio en España: una historia documental( 1986-1977)
Ángel Faus Belau
Editorial Taurus, 2007
ISBN- 978-84-306-0650-4

Historia de la radio en España (1854-1985)
Armand Balsebre
Ed. Cátedra, 2001
ISBN 84-376-1940-8

Historia de la Radio Valenciana (1928-1998)
Antonio Vallés Copeiro del Villa (coordinador)
Edita: Fundación Universitaria San Pablo C.E.U.,
ISBN- 84-95219-09-3

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1 Comments:

Blogger Vida said...

me gusta tu blog.estoy buscando archivos sonoros.programas de radio antigua.sabes donde encontrarlos?busco programas de radio y discursos.gracias.

sábado, abril 03, 2010 10:47:00 a. m.  

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